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Módulo 1: Descripción del ámbito de trabajo

1.5 TRADUCCIÓN A LA VISTA

En cualquiera de los ámbitos anteriores, el intérprete podrá ser requerido para realizar una traducción a la vista.

 
En caso de un documento en castellano, lo normal será oírlo según el agente lo lee o puede que se le haya facilitado previamente al intérprete, aunque este caso es raro. Los casos más comunes son lecturas de derechos (aunque muchas veces los agentes las conocen de memoria y por ello es conveniente que el intérprete también tenga una versión propia), relectura de una denuncia para que el denunciante la firme, o relectura de una detención. 


En el caso de que el documento a traducir a la vista esté en el otro idioma, el intérprete tendrá contacto con éste por primera vez. Pueden ser documentos de gran variabilidad, aunque suelen estar directamente relacionados con los ámbitos de trabajo mencionados anteriormente: documentación relacionada con el vehículo y su conductor en el caso de tráfico, denuncias, informes judiciales o penales en el caso de seguridad ciudadana o denuncias, informes médicos o sentencias en caso de violencia de género. 
 

Veamos algunos ejemplos:

Normalmente, el trabajo del intérprete será «traducir a la vista» los derechos de forma que la persona los entienda. Habrá que asegurarse bien de que la persona ha entendido y comprendido sus derechos. Los siguientes documentos son traducciones de la lectura de derechos según la que se practica en la policía del Reino Unido. Aunque no coinciden en la forma, sí son útiles para contrastar terminología:

Tenemos aquí un ejemplo de notificación de lectura de derechos en la Guardia Civil:

En la comisaría de Madrid, siendo las 11 horas del 12 de julio de 2010 por el Funcionario del Cuerpo de la Guardia Civil, provisto del Documento Profesional Número 46591345TY se procede a la detención de D. Joao Pereira nacido en Oporto (Portugal) el 7 de septiembre de 1971, hijo de César y de Beatriz, de estado soltero y de profesión músico, con domicilio en Madrid, calle Licenciado Sancho de Almería núm 27, piso 5ºC provisto de NIE núm. 65578421K por su presunta participación en los siguientes hechos:


La sustracción de un teléfono móvil marca IPHONE4G número 0124265587499875, color NEGRO ocurrida entre las 20:20 horas del día 10/05/2011 y las 20:40 horas, del día 10/05/2011 en Metro línea 2, trayecto Príncipe de Vergara-Sol, de Madrid según lo confirman las grabaciones de las cámaras de seguridad de Metro de Madrid a las que el Funcionario arriba indicado ha tenido acceso el día 10/07/2011. 


y habiendo sido informado de sus derechos en el mismo momento de la privación de su libertad.


El detenido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 520 de la LECrim. es informado nuevamente de las causas determinantes de su detención y de los derechos constitucionales que le asisten desde este momento, consistentes en: 


Derecho a guardar silencio no declarando si no quiere; a no contestar alguna o algunas de las preguntas que le formulen, o manifestar que sólo declarará ante el Juez.


Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.


Derecho a designar un abogado y a solicitar su presencia para que asista a las diligencias policiales y judiciales de declaración e intervenga en todo reconocimiento de identidad de que sea objeto. Si el detenido o preso no designa abogado, se procederá a la designación de oficio.


Derecho a que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee, el hecho de la detención y el lugar de custodia en que se halle en cada momento. Los extranjeros tendrán derecho a que las circunstancias anteriores se comuniquen a la Oficina Consular de su país.


Derecho a ser asistido gratuitamente por un intérprete, cuando se trate de extranjero que no comprenda o no hable el castellano.


Derecho a ser reconocido por el médico forense o su sustituto legal y, en su defecto, por el de la Institución en que se encuentre, o por cualquier otro dependiente del Estado o de otras Administraciones Públicas.
En uso de los expresados derechos, el detenido manifiesta su deseo de:


Prestar declaración.


Ser asistido por el Letrado D. Juan Manuel García de Pablos.


Ser asistido por el Letrado del turno de oficio.


Que comuniquen la detención y lugar de custodia a: Antonia del Olmo García Mayorga, que vive en Madrid, Licenciado Sancho de Almería núm 27, piso 5ºC y con número de teléfono 6693947996. 
 

Que comuniquen la detención al Consulado.


Ser asistido por un intérprete.
 

Ser reconocido por el médico.
 

Y para que conste, se extiende la presente diligencia, que firma el detenido, tras haberla leído por sí, en unión del Instructor, que CERTIFICO.

Es de destacar el hecho de que muy a menudo, los cuerpos de policía cuentan con modelos de documentos de lectura de derechos ya traducidos a las lenguas más comunes (inglés, chino, rumano, etc.) con lo que es probable que el agente haga entrega del documento traducido al detenido. No obstante, puede darse el caso de que la persona no sepa leer o no lo entienda. Sobre todo, hay que tener en cuenta que la calidad de las traducciones de estos documentos no siempre está verificada.

DENUNCIA

En este ejemplo de denuncia a un establecimiento comercial por incumplir alguna norma, el trabajo del intérprete consistiría en traducir a la vista el documento en caso de que los agentes se presenten en el lugar para notificar la denuncia y el interesado no hablase castellano.

EXPONE que

1) La Ley 28/2005 establece, en el Cap. II, Art. 8 aptdo. c) que se prohíbe fumar, salvo en las áreas destinadas al efecto, en bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados, con una superficie útil destinada a clientes o visitantes igual o superior a cien metros cuadrados, salvo que se hallen ubicados en el interior de centros o dependencias en  los que se prohíba fumar de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.

Además, según el Cap. II, Art. 8 pto. 2, aptdos b, c, y d) las zonas habilitadas para fumar deben cumplir, al menos, los siguientes requisitos:

  • Deberán estar separadas físicamente del resto de las dependencias del centro, y no ser zonas de paso obligado para las personas no fumadoras, 

  • Deberán disponer de sistemas de ventilación independiente, 

  • Y, en todo caso, que la superficie de la zona habilitada para fumar deberá ser, como máximo, el 30 por ciento de las zonas comunes.

2) En Restaurante "Cocina Cutre y Salada", cuya dirección es Paseo de la Castellana, 111, 28008 Madrid, se incumple dicha normativa, pues no se sigue la prohibición de fumar, no hay indicación alguna al respecto, tal y como contempla la ley.

SOLICITA

  1. tenga por presentada DENUNCIA contra los hecho mencionados. 

  2. se realice la correspondiente inspección, dando al firmante traslado de lo actuado. 

  3. que, en el supuesto de que el órgano al que se dirige esta denuncia no sea el competente para resolver, procedan a su remisión al órgano de destino, tal y como prevé la normativa vigente. 

En Madrid, a 23 de febrero de 2009

La siguiente denuncia corresponde al caso de la lectura de derechos: el robo del teléfono móvil. En este caso,es la denuncia de la víctima.

Instructor: 76708        Atestado nº: 589002/11
Secretario: 117487        Dependencia: Madrid-Arganzuela

 

-- En MADRID siendo las 22 horas 12 minutos del día 12 de mayo de 2011, ante el Instructor y Secretario arriba mencionados.


-- COMPARECE: en calidad de DENUNCIANTE, quien sin acreditarse dice ser BEATRICE BUCHMANN país de nacionalidad ALEMANIA, mujer, nacida en ALEMANIA el día 30/08/1984, hija de EDITH y HELMUTH BUCHMANN, con domicilio en CALLE MAYOR 4, 3ºC de MADRID, teléfono 666999888 y:


-- MANIFIESTA: Que denuncia la sustracción, ocurrida entre las 20:20 horas del día 10/05/2011 y las 20:40 horas, del día 10/05/2011 en Metro línea 2, trayecto Príncipe de Vergara-Sol, de Madrid.


-- Que mientras viajaba en el último vagón del metro de la línea 2, entre las estaciones de Príncipe de Vergara y Sol, le ha sido sustraído por persona/s desconocida/s el teléfono móvil abajo indicado, de su propiedad, sin percatarse la denunciante de la maniobra de sustracción y percatándose de la misma a su llegada a la estación de Sol.


-- Que el referido efecto lo portaba la dicente en el interior de un bolsillo lateral, cerrado con cremallera, del bolso bandolera que llevaba colgado del hombro izquierdo.


-- RELACIÓN DE OBJETOS


Objetos numerados:


- TELÉFONO MÓVIL marca IPHONE4 número 0124265587499875, color NEGRO.


El denunciante valora los objetos en 700 euros


-- Que no tiene/n más que decir, firmando su declaración en prueba de conformidad, en unión del Instructor, CONSTE Y CERTIFICO.

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